CCOO ONCE ha emitido un comunicado a sus trabajadores afectados por la Dana. Dice así:
En el XVII Convenio Colectivo de la ONCE y su Personal, en la Disposición Adicional Primera, Fuerza Mayor, se recoge:
Cuando concurran situaciones excepcionales de fuerza mayor que impidan totalmente el desarrollo de la actividad laboral de un trabajador y por parte de su centro no se le ofrezca un puesto alternativo, el trabajador tendrá derecho a percibir, durante los días que permanezca en dicha situación, el sueldo base diario, complemento de escala, en su caso, y antigüedad consolidada, quedando autorizados a negociar las soluciones oportunas los responsables del centro de trabajo que corresponda y sus respectivos Comités de Empresa o delegados de personal.
«Desde CCOO vamos a requerir acogernos a este derecho sine die para todo el Personal ONCE afectado.Igualmente, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social reconoce para esta situación y de manera general el eximente de acudir a trabajar a aquellas personas que estén en las siguientes situaciones: Cuando el desplazamiento pueda suponer un peligro para la seguridad y salud de las personas trabajadoras o interfiera en las labores de rescate y recuperación de las zonas afectadas por la DANA; cuando las personas trabajadoras necesiten atender a las tareas de búsqueda de sus familiares desaparecidos o hacerse cargo del fallecimiento de los mismos y cuando, como consecuencia de la pérdida de sus viviendas o enseres, no estén en disposición de acudir al trabajo».
Asimismo, el teletrabajo no se contemplará para aquellas personas que no puedan hacerlo por falta de dispositivos o cobertura para ello.Desde CCOO ONCE facilitarán asesoramiento laboral y personal.